Si facturas con clientes o proveedores en España, no esperes al último día para revisar modelo 347. Este informativo anual cruza tus operaciones con las de terceros y cualquier descuadre puede generar avisos, requerimientos o sanciones.

A continuación, siete señales claras para saber cuándo repasar la declaración, qué comprobar en cada caso y cómo dejarlo todo cuadrado antes de enviarla.
Señal 1: descuadres con clientes o proveedores
Si el total anual que tú declaras no coincide con el que te comunica tu contraparte, detente. Verifica bases imponibles e IVA, notas de abono y facturas rectificativas. Pide extractos y conciliaciones para cerrar el año. Puedes apoyarte en un software de gestión que agrupe por NIF y ejercicio.
Señal 2: operaciones que superan 3.005,06 € (IVA incluido)
El umbral por tercero es 3.005,06 € anuales. Revisa que no falte nadie que lo supere y que no incluyes quienes no alcanzan ese límite. Ojo con proveedores esporádicos que, sumados, traspasan el umbral a final de año.
Señal 3: cambios de criterio durante el año
Si cambiaste de régimen de IVA, hubo regularizaciones o reclasificaciones contables, es probable que existan diferencias. Documenta los cambios y comprueba que la información trimestral coincide con el acumulado anual del 347.
Señal 4: alquileres sin retención y otras operaciones específicas
Arrendamientos de inmuebles sin retención, subvenciones no reembolsables u operaciones inmobiliarias suelen generar errores. Verifica que están correctamente identificadas y asignadas al NIF del perceptor o emisor correspondiente.
Señal 5: uso del SII o pertenencia a REDEME
Si llevas libros de IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII) —por estar en REDEME, ser gran empresa o adherirte voluntariamente—, en general no presentas el 347. Confírmalo y evita declaraciones innecesarias.
Señal 6: variaciones de domicilio o NIF
Cambios censales pueden provocar NIF desactualizados o duplicidades. Cruza tus maestros de clientes y proveedores con el censo y corrige identificaciones antes de enviar.
Señal 7: apuras plazos o has tenido incidencias previas
El plazo ordinario suele ser en febrero y, para el ejercicio 2025, fue del 1 de febrero al 2 de marzo de 2026. Si recibiste avisos de la AEAT en años anteriores o vas justo de tiempo, programa una revisión final con checklist.
Puntos clave
- Umbral por tercero: 3.005,06 € anuales (IVA incluido).
- Comprueba descuadres con clientes/proveedores y las facturas rectificativas.
- Incluye alquileres sin retención, subvenciones y operaciones inmobiliarias cuando proceda.
- Si estás en SII/REDEME, normalmente no presentas el 347.
- El plazo ordinario es en febrero; verifica cada año las fechas exactas.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si detecto un error tras presentar el 347?
Presenta una declaración sustitutiva o complementaria, según el caso, corrigiendo los registros afectados. Conserva soporte documental de los cambios.
¿Cómo valido rápidamente los importes por tercero?
Exporta tus facturas y agrupa por NIF para comparar bases e IVA con el total anual. Una herramienta de facturación te ayudará a detectar umbrales superados.
¿Debo incluir operaciones exentas de IVA?
Sí, si superan 3.005,06 € con un mismo tercero. Verifica actividades exentas y operaciones no sujetas que computen a efectos del modelo.
¿Dónde consulto el plazo exacto cada año?
En la Sede de la AEAT, donde se publica el calendario y las instrucciones del modelo. Revísalo antes de cerrar la presentación.
¿Qué herramienta me ayuda a evitar descuadres?
Un software que consolide clientes/proveedores por NIF y detecte el umbral. Por ejemplo, Billivo agrupa y concilia importes para que el resumen del 347 cuadre con tus libros.
Conclusión
Una revisión metódica antes del envío evita requerimientos y sanciones. Repasa umbrales, descuadres y operaciones especiales, confirma si aplicas SII y valida plazos oficiales. Integra un checklist anual y, si puedes, automatiza la conciliación con tu herramienta de gestión. En resumen: vuelve a revisar modelo 347 justo antes de presentarlo, verificando fechas y contrapartes, para entregar con seguridad.
Consulta siempre las instrucciones y plazos vigentes en la Sede de la AEAT y guarda evidencia de tus verificaciones.



